<aside> 💡 ¿Cómo obtengo el crédito fiscal? ¿Cómo se si me corresponde o no? ¿Cómo lo declaro o quién lo declara?

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La siguiente información ha sido extraída del sitio oficial de DGI (links debajo)

Exoneraciones fiscales - Crédito por la contratación de servicios de soluciones de facturación electrónica (UI 80)

En la siguiente sección, podrás encontrar todo lo referente a los tipos de exoneraciones fiscales que realiza DGI y sus modalidades de aplicación

Información obtenida del sitio oficial de DGI en el siguiente link

Crédito por la contratación de servicios de soluciones de facturación electrónica (UI 80)

Crédito a usuarios de servicios de soluciones de facturación electrónica. Condiciones y formalidades para acceder al beneficio.

Beneficio

Quienes contraten servicios de soluciones de facturación electrónica con proveedores inscriptos en el “Registro de proveedor habilitado”, tendrán derecho a un crédito sobre el monto mensual efectivamente abonado, que no podrá exceder de 80 UI (ochenta unidades indexadas) mensuales (convertidas a la cotización vigente al 1 de enero de cada año, $ 470 para 2024).

El crédito se generará a partir del mes en que el prestatario haya sido autorizado por la Dirección General Impositiva como emisor electrónico.

Plazo

El beneficio abarca a los servicios prestados entre el 1 de noviembre de 2019 y el 31 de diciembre de 2024.

Contribuyentes comprendidos en el beneficio

Condiciones:

El beneficio comprende a aquellos contribuyentes que verifiquen alguna de las siguientes condiciones: